Propone Enrique Vargas agravar penas por abandono infantil y reclutamiento de niños y adolescentes por grupos delictivos
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- 15 oct
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Ciudad de México.- Para proteger a niñas, niños y adolescentes y evitar que sean víctimas de abandono por parte de sus tutores y/o sean usados y reclutados por parte de grupos delictivos, el vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado de la República, Enrique Vargas del Villar, presentó iniciativa de ley para realizar reformas al Código Penal Federal, a fin de aumentar las sanciones para quienes cometan estas prácticas y fortalecer la protección penal de la infancia frente a estas conductas ilegales.
Ante el pleno de la Cámara Alta, el senador por el Estado de México, Enrique Vargas, indicó que las niñas, niños y adolescentes representan no solo el presente, sino el futuro de nuestra Nación, por lo que es necesario garantizarles su protección, desarrollo y bienestar integrales, lo cual es una obligación ineludible del Estado mexicano.

“La dura realidad muestra que miles de menores en nuestro país, viven en condiciones de vulnerabilidad extrema, expuestos a contextos de violencia, abandono, negligencia y explotación por parte de grupos criminales, por lo que, desde el Grupo Parlamentario del PAN, conscientes de nuestro compromiso con la dignidad humana, la justicia y el Estado de Derecho, presentamos esta iniciativa que propone reformas al Código Penal Federal, con el objetivo de fortalecer la protección penal de las infancias”, sostuvo.
La iniciativa presentada por el senador Enrique Vargas propone adicionar el inciso G al Artículo 201 del Código Penal Federal, con el propósito de establecer el delito de corrupción de menores a quien realice actos de reclutamiento de niñas, niños y adolescentes para promover, inducir, facilitar, obligar o utilizar personas menores de 18 años para participar directa o indirectamente en actividades delictivas de grupos criminales, incluyendo funciones de vigilancia, transporte, comunicación, distribución de drogas o armas, cobro de extorsiones, sicariato o cualquier otra forma de colaboración.

En este caso, se contempla que se sancione de manera agravada con una pena de prisión de siete a doce años y multa de ochocientos a dos mil quinientos días.
Además, contempla reformas al Artículo 335 de dicho Código, a fin de que se imponga una prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil días de multa, para quien abandone a un menor de edad incapaz de valerse por sí mismo, estando obligado a su custodia o cuidado, y privándolo de la patria potestad o de su tutela.







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